Libros de referencia

 Colaboración de Josep Maria Fradera

Josep M. Fradera, es Catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad Pompeu Fabra/Investigador ICREA. Entre su publicaciones destacan Cultura nacional en una sociedad dividida, Barcelona, Curial, 1992; Colonias para después de un imperio, Barcelona, Edicions Bellaterra, 2005;  y  La nación imperial (1750-1918), Edhasa, 2015, del que recogemos aquí parte de su introducción.


 

Introducción (…)

Si una gran mayoría de europeos no estaban cualificados para votar y ser votados, ¿qué podía decirse de las multitudes incomprensibles que poblaban los mundos coloniales? No es este el lugar para ofrecer una respuesta a fondo a cuestión tan complicada. Sí lo es, por el contrario, remachar el clavo en la cuestión de las regresiones constitucionales en los espacios coloniales, cuestión que constituye una parte de la respuesta a la pregunta anterior. El paso del pluralismo legislativo del antiguo régimen a la unidad de derechos en el espacio político planteó de inmediato problemas casi insolubles para la conducción de los imperios. El dilema ya ha sido expuesto: si por un lado permitió forjar consenso e integrar a actores sociales (libres de color o emancipados en las Antillas francesas e inglesas; criollos en la monarquía española; emancipados en los Estados Unidos de la catorceava enmienda) que de otro modo hubiesen resultado excluidos, la otra cara de la moneda era que los repartos de poder efectivo y simbólico se convertían en trabajosos e impredecibles. Y sus resultados también. El paso a las constituciones duales y a las fórmulas de especialidad permitió, en aquella tesitura, regular de otro modo la unidad imperial. Dicho en otros términos: permitió recolonizar los imperios. En este sentido, las expulsiones de los ultramarinos en las constituciones

Morant Bay Rebellion, Painting by Barrington Watson
Morant Bay Rebellion, Painting by Barrington Watson

española y portuguesa de 1837 y 1838, son regresiones a gran escala, dignas seguidoras de la primera y normativa, la francesa napoleónica de 1799-1802. Lo que sucedió en Jamaica en 1865, con la suspensión sine die de la asamblea de la isla seguida de las demás en las otras West Indies con la excepción de Barbados, lo es también, constituyó una regresión constitucional en toda la regla –definida en estos términos por los propios contemporáneos-, en un imperio que no había caído antes en la tentación de prometer la igualdad a sus súbditos. Introducir el caso británico es importante, entonces, porque nos indica la auténtica dimensión de lo que estamos tratando, más allá de la expresión constitucional en que se resolviese. Como el gran imperio liberal de la época fue sacudido por las mismas tendencias y problemas que los demás, sin los efectos retóricos además de las declaraciones de derechos donde existían previamente asambleas representativas y no habían sucumbido durante la crisis norteamericana (caso de las Antillas inglesas), los emancipados entraron en los censos electorales. (Este fue igualmente el caso de las islas francesas en 1848 y cuando la Tercera República, por aquel efecto corrector del republicanismo decimonónico ya comentado.) Cuando los problemas que acarreó la abolición de la esclavitud se demostraron insolubles desde el punto de vista de la política metropolitana, la reacción del Colonial Office consistió en forzar la supresión de la base representativa a pesar  de una trayectoria de siglo y medio detrás. No era una anomalía; estaba en línea con la práctica de los imperios liberales del siglo XIX.

Guía de lectura y sobre usos terminológicos:

La longitud del texto aconseja una breve nota de lectura que quizás facilite las cosas. En primer lugar, sobre la estructura y contenido de las cuatro partes. La primera de ellas se ocupa del precedente necesario de lo que constituye la médula de libro: el desarrollo de los imperios monárquicos de Francia, Inglaterra/Gran Bretaña y Castilla/monarquía hispánica en los siglos XVII y XVIII. En la misma apuntan con cierta generalidad algunas ideas sobre la naturaleza económica y social de los casos estudiados, su marco institucional así como del desarrollo paralelo del pluralismo legislativo, generalización de derechos e identidad colonial. Las tres partes que siguen se ocupan ya de los cuatro imperios mencionados en el título, en la medida que se considera a Estados Unidos de Norteamérica (en singular desde Lincoln) como heredero natural del imperio británico en el continente americano. Me interesa subrayar que el orden en el que los cuatro ejemplos se organizan en cada parte no es siempre el mismo ni es arbitrario; responde a mi visión del momento histórico estudiado.

Segundo Congreso Continental.
Segundo Congreso Continental.

La segunda parte se ocupa del ciclo revolucionario entre los años 1770 y 1830, siempre de manera aproximada en su cronología. Esta etapa está dominada por la crisis y transformación de los imperios atlánticos y de su interacción con las revoluciones liberales en el continente europeo, en Francia, España y Portugal, como parte de la quiebra irreversible de las monarquías de derecho divino y la apertura de un largo ciclo de emergencia y consolidación de los estados-nación de naturaleza liberal del siglo XIX, tanto en Europa como en el conjunto del mundo americano. Como el lector podrá observar, la principal complicación de estos capítulos consiste en analizar en paralelo las dinámicas de cambio social y político en las metrópolis y los territorios ultramarinos. Para ello he dedicado mucho espacio a discutir el valor, la crisis y la herencia, de lo que defino como constituciones imperiales (las francesas de 1793 y 1795, las ibéricas de 1812 y 1822), es decir, las que fueron pensadas para abrazar al mismo tiempo el espacio metropolitano y el colonial.

Cortes de Cádiz (1812)
Cortes de Cádiz (1812)

La tercera parte corresponde a la consolidación y expansión de los imperios liberales en las décadas centrales del siglo XIX (1830-1870 aproximadamente), sea sobre el espacio continental (caso de los estadounidenses) como en los ultramarinos, sean estos cercanos (Francia en Argelia) o sean estos lejanos, muy lejanos en ocasiones como puede ser Nueva Caledonia. Su cronología cubre las décadas centrales del siglo XIX, hasta la aceleración de la expansión imperial del fin de siglo y las primeras décadas del siguiente. En esta etapa se produce la estabilización de las fórmulas de especialidad que se ensayaron en el punto de salida del ciclo revolucionario, se abandona la idea de marcos de derechos y representación compartidos y avanza en los sistemas duales que permiten una heterogeneidad de sistemas de derechos en marcos supuestamente unitarios o con vocación de unidad. En algunos casos, como en el citado de Jamaica y las West Indies británicas pero, por lo general, en casi todos

Británicos cazando tigres en la India colonial
Británicos cazando tigres en la India colonial

los lugares, esta estabilización implicará una regresión en los derechos adquiridos en etapas precedentes. Uno de los capítulos que en ella se incluyen presenta una particularidad expositiva que no se repite en ninguna otro lugar del libro. Me refiero al uso que hace para el caso de los españoles de partes ya publicadas en un libro anterior[1], por supuesto con modificaciones y añadidos. En esto seguí el consejo de un amigo de no volver a escribir algo ya previamente escrito y publicado. Pero debo mencionarlo para ahorrar su lectura, si así se considera, a los que conocen aquel texto anterior.

La última y cuarta parte, la más extensa, corresponde a la etapa del llamado high imperialism, la que se cierra tentativamente cuando la primera guerra mundial. Corresponde por tanto, de nuevo de manera aproximada, a los años 1880-1920. En estos capítulos se dedica una considerable atención, aparte claro está de las cuestiones que están en el centro de esta larga investigación, a la emergencia compleja y variopinta de motivaciones “racialistas” y raciales (una distinción que puede sorprender al lector español pero que está perfectamente establecida, por muy buenas razones, en las lenguas francesa e inglesa). En definitiva, entre el lábil etnocentrismo de tantas sociedades y la convicción de una jerarquía racial de fundamento biológico hay una distancia amplia que no se podía cruzar de cualquier manera. En este sentido, se discute su coherencia e importancia en el desarrollo de las políticas imperiales, de las actitudes colectivas sobre determinados grupos humanos dentro de los propios países (Estados Unidos, África del sur o Australia) o a la hora de encarar o legitimar el dominio desde fuera, cuestiones todas ellas que se retoman en las conclusiones finales del libro. Incluso así, los cambios culturales citados se produjeron en el marco de sistemas sociales complejos y de estructuras políticas cambiantes por lo que las cartas nunca estuvieron marcadas de antemano. El libro no funciona en modo alguno como un recorrido lineal hacia un orden imperial y racial predeterminado.

Experimentos de igualación y descolonización empujaron las cosas, en ocasiones, en una dirección menos jerarquizadora (en Estados Unidos tras la Guerra Civil, en las colonias españolas de las Antillas con la abolición de la esclavitud y la reintegración problemática dentro del marco político liberal). El saldo final de aquellas experiencias fue, sobra decirlo, el resultado de la contingencia histórica, de una multiplicidad de causas que el historiador debe evaluar y sopesar. Entre la truculencia de lecturas en densa clave racial del pasado y las benevolentes narraciones de liberación personal y colectiva, está el territorio menos complaciente de una historia nunca escrita por completo pero por supuesto cognoscible.
En las cuatro partes y en todos los capítulos del libro el lector apreciará que se usan ejemplos considerados como pertinentes, denominados a veces como los “laboratorios” de las políticas coloniales, de aquellas sobre todo que el autor trata de esclarecer. Sin duda la multiplicación de casos u otro criterio de selección podrían introducir o aportar perspectivas y matices nuevos. No lo dudo en absoluto porque así sucede siempre en las ciencias sociales.

Me parece importante ofrecer algunas precisiones terminológicas. En unos casos debe aclararse que muchos conceptos y denominaciones que se usan remiten al vocabulario y los estereotipos utilizados por los contemporáneos, imposibles de obviar. Palabras connotadas por lo general de sentido negativo como “indio”, “igorrote” o “cafre”, que no se corresponden en puridad a ningún grupo humano pero que gozaron de amplia circulación, se usan siempre en el sentido indicado. En otros casos, los conceptos de “blanco”, “negro” o “mulato”, “casta” o “casta parda” y las mil y unas variaciones en torno al fenotipo de los sujetos remiten no a su color sino a una idea del mismo construida históricamente. Sucede, sin embargo, que estos inmensos esfuerzos por compartimentar –siempre jerárquicamente- a la especie humana no se produjeron solo en el territorio del color o lugar de nacimiento, sino que estas particularidades formaron parte, con otras tantas, del repertorio de fabricación de estereotipos que connotaban jerarquía. Como no existen las razas humanas, estas ideas solo pueden ser construcciones ideológicas, culturales y sociales en un momento histórico dado (aquel que les confiere un significado específico, sino preciso por lo menos entendible para los contemporáneos). Solo se usan en este sentido. Igualmente conviene decir que expresiones por el estilo de “indígena”, “aborigen” o “nativo” solo se utilizan como calificativo y en sentido etimológico estricto. Lo deseable sería usar las mismas normas para todos.

Parece obvio que referirse a un “blanco de Nantes” en lugar de a un comerciante de aquella ciudad bretona y francesa o a un “campesino blanco” o simplemente “blanco” en lugar de a un campesino de Burgos o Provenza resultaría chocante. Debería ser igual de chocante referirse a los demás por el color de su piel o ser nativos del lugar donde nacieron.
Me parece necesario introducir una segunda observación acerca de conceptos reiteradamente utilizados en el libro, empezando por el mismo título. Me refiero a los de “liberal”, “representación”, “derechos”, “ciudadanía”, “inclusión”, “exclusión” y otros por el estilo. Aunque puedo declarar mi propósito de usarlos en cada contexto y momento en el sentido que los contemporáneos podían entender, no sería razonable ignorar que su uso ha sido depurado y alterado por las referencias culturales de la literatura sobre estas cuestiones. Esta tensión entre los usos pasados y la transformación presente de los significados de palabras y conceptos no debe conducir a un relativismo terminológico. Todo lo contrario: debe conducir a una meditada elección de las palabras y de los contextos en las que usarlas y en cómo utilizarlas. El caso de la idea de ciudadanía, por ejemplo, es esclarecedor.

Su valor universal reciente (no en su aplicación obviamente) le confiere un valor que jamás tuvo en los mundos de fines del siglo XVIII y XIX, salvo en contextos particulares que se explicitan. El de “liberal” o imperio liberal lo empleo, por lo general, en el sentido descriptivo y conceptual al mismo tiempo de un espacio donde existen representación política y derechos establecidos en sentido moderno, el posterior a 1787 y 1789. No presupone, en absoluto, una valoración de su extensión social, entidad política y moral, de su significado práctico. Igualmente se debe a esta razón histórica mi preferencia por la palabra “especialidad” y el calificativo de “especiales”, de clara raigambre napoleónica, a otras como “excepcionalidad” o “regímenes excepcionales”, que se encuentran en el texto con cuentagotas y siempre de forma justificada, para evitar resonancias escatológicas del estilo de Carl Schimtt y sus herederos intelectuales, del todo ajenas a mi forma de entender las cosas.

En definitiva, pretender un significado fijo y unívoco de la mayoría de estos conceptos conduciría a graves distorsiones o a la necesidad de precisiones inacabables. Son los contextos particulares los que confieren el significado preciso a los mismos. Así era, por supuesto, para nuestros antepasados. Una observación más. Los conceptos de “imperio” y “colonia”, así como imperial y colonial, se usan infinitas veces. Es inevitable, puesto que constituyen la materia misma del libro. Por lo general, el concepto de imperio se usa para referirse a una construcción política y cultural, a un ethos legitimador, una vocación de poder irrestricto, una “idea” como solía argumentar Edward Said. En cambio, la palabra o el calificativo de colonial lo uso para referirme a los fundamentos económicos o sociales que forman la base de aquellas construcciones. Una colonia puede no formar parte de un imperio pero todo imperio contemporáneo se funda en cimientos coloniales, que pueden sobrevivir al encogimiento político del imperio formal.

Esta es una de las lecciones de las descolonizaciones que empezaron en los años posteriores a la segunda guerra mundial. Por esta y muchas otras razones, ambos conceptos, sin ser intercambiables, son insustituibles. Esta pauta expuesta tan someramente no se emplea en el mismo sentido en que lo hizo Uday Singh Metha en una nota terminológica contenida en su muy conocido libro Liberalism and Empire (Chicago, 1999, pp. 2-3) aunque coincide con su planteamiento en algunas cosas. La razón es obvia, el libro de Metha se ocupa en exclusiva del mundo intelectual británico, del que deriva los usos específicos de los dos conceptos.
 
[1] Colonias para después de un imperio, Barcelona, Edicions Bellaterra, 2005

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